El Derecho administrativo puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la nadministracion publica en sus relaciones con los particulares y con otras Administraciones Públicas (personificadas en una diversidad de órganos).
Sin embargo, este concepto de Derecho administrativo, aunque intuitivo y aproximado, no responde exactamente a la realidad de los sistemas jurídico-administartivos vigentes y, en concreto, al español, por cuanto:
- ni toda la actividad de la Administración está regulada por el Derecho Administrativo (La regulación de sus actividades puede venir ordenada por el Derecho Privado),
- ni sólo las Administraciones públicas están reguladas por el Derecho administrativo.
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